REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes
San Carlos, veinte (20) de junio de 2016
206º y 157º
ASUNTO: HP01-L-2013-000186
Revisadas las actas procesales de demanda por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, incoada por la ciudadana MARVELIS JOXELIN SOLER ARAUJO, titular de la cedula de identidad Nº (s) V-19.260.801, debidamente asistida por el Abogado JOSE MIGUEL PADRÓN ORTA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 142.624, en su carácter de Procurador de Trabajadores en funciones de Juicio adscrito a la Procuraduría Especial de Trabajadores adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social del estado Cojedes, contra la entidad de trabajo CONSULTORIO ODONTOLÓGICO DRA DIANA ZAPATA. Al folio 187, consta acta de mediación suscrita por las partes. A los folios 190 y 191 consta copia de transferencia que totalizan la cantidad de Bs. 18.422,00 que sumados a los Bs. 10.000,00 recibidos por la actora en fecha 14-04-2016 totalizan la cantidad de Bs. 28.422,00 monto èste pactado por las partes.
En este sentido, quien decide, ha constatado que la parte accionante ha recibido el monto informado. Por lo que verificado el pago, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en atención a su contenido, se HOMOLOGA el presente asunto; en concordancia con los artículos 255 del Código de Procedimiento Civil, por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley: DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la demanda incoada por la ciudadana MARVELIS JOXELIN SOLER ARAUJO, titular de la cedula de identidad Nº (s) V-19.260.801, contra la entidad de trabajo CONSULTORIO ODONTOLÓGICO DRA DIANA ZAPATA; Se ordena su remisión al Archivo Sede a los fines de su guarda y custodia hasta el envió definitivo al Archivo Judicial. Así se Decide.
La Jueza Titular.
Abg. DENIS MARGARITA LEÓN SEQUERA.
La Secretaria,
Abg. ALEXANDRA SILVA
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