REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 22 de septiembre de 2015
205º y 156º


ASUNTO: HP11-J-2015-001012

Por recibida la anterior solicitud por motivo de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por el Abogado Euclides José Herrera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.050, quien actúa en su carácter de Defensor Público Segundo Encargado para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en defensa de los derechos e intereses de la niña (se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), a requerimiento de los ciudadanos Soleiny Solimar Rodríguez Reyes y José Bernardo Castillo Álvarez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cèdula de identidad números V-26.011.625 y V-20.268.298 respectivamente. Este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se evidencia de las actas que las partes firmaron acta Conciliatoria sobre fijación de Régimen de Convivencia Familiar, ante la Defensa Pública del estado Cojedes, el cual quedo establecido de la siguiente manera:
• La niña compartirá con el padre los días martes, jueves y domingo, desde las 08:00 de la mañana hasta las 06:00 de la tarde, a excepción de los días jueves que pernoctará con el padre.
• Este año el día 31 de diciembre la niña lo pasará con la madre y el día 24 de diciembre lo pasará con el padre, siendo alterno en los años siguientes.
• Carnaval y Semana Santa, será alternativo.
• En vacaciones la niña pasará quince días (15) con el padre y quince (15) días con la madre.
• El día del niño y el día de su cumpleaños compartirá con los dos.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo sobre Régimen de Convivencia Familiar, celebrado entre los ciudadanos Soleiny Solimar Rodríguez Reyes y José Bernardo Castillo Álvarez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cèdula de identidad números V-26.011.625 y V-20.268.298 respectivamente, a favor de la niña (se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los 22 días del mes de septiembre de 2015. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.


Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza

Abg. Mirtha Castillo
La Secretaria