REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes

San Carlos, veintiséis (26) de noviembre del año dos mil quince (2015)
156º y 205º
ASUNTO: HP01-L-2014-000006

Analizado el expediente de la demanda incoada por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, presentada por los ciudadanos AMARILIS CRISTINA PEROZA RIVERO e ISRRAEL ANTONIO MACIAS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.628.785 y V-11.961.353 respectivamente, asistidos por el Abogado MANOLO ERNESTO GARCIA, IPSA Nº 142.645, contra la SOCIEDAD MERCANTIL "LIMPIEZA INTEGRAL Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL, C.A., (LIMAINCA); se observa en el presente asunto que la parte demandada ha pagado los montos acordados mediante convenio transaccional suscrito con la parte actora, constatándose al folio 221 que las partes han suscrito acuerdo conciliatorio, observándose a los folios 222 al 230 que la parte actora recibió las siguientes cantidades: AMARILIS CRISTINA PEROZA RIVERO Bs. 86.724,63 e ISRRAEL ANTONIO MACIAS, Bs. 52.827,36. Por consiguiente, debe homologarse y darse por terminado el presente asunto.
En este sentido, quien decide verificada la misma, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en atención a su contenido, se HOMOLOGA el presente asunto; en concordancia con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y hace la siguiente declaratoria: este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley: DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la demanda incoada por los ciudadanos AMARILIS CRISTINA PEROZA RIVERO e ISRRAEL ANTONIO MACIAS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.628.785 y V-11.961.353 respectivamente, contra la SOCIEDAD MERCANTIL "LIMPIEZA INTEGRAL Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL, C.A., (LIMAINCA); Se ordena su remisión al Archivo Sede a los fines de su guarda y custodia hasta el envió definitivo al Archivo Judicial; Así se Decide.
La Jueza Titular.
Abg. DENIS MARGARITA LEÓN SEQUERA.
La Secretaria Titular. Abg. BRIGIDA PEREZ.