REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, once de mayo de dos mil quince
205º y 156º


ASUNTO: HP11-V-2013-000362


IDENTIFICACION DE LAS PARTES


DEMANDANTE: Delsy Yamilet Osio Matute, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.690.586.
DEMANDADOS: Alexandra Josefina Ramírez Pandare y Víctor Ramón Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.889.795 y V-7.537.178, respectivamente.
MOTIVO: Interdicto Civil por Despojo.

SENTENCIA: Interlocutoria


Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), el presente asunto por el motivo de Interdicto Civil por Despojo; presentada por la ciudadana Delsy Yamilet Osio Matute, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.690.586, contra los ciudadanos Alexandra Josefina Ramírez Pandare y Víctor Ramón Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.889.795 y V-7.537.178, respectivamente, procedente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Esta juzgadora, actuando en funciones de Ejecución del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, estima hacer las siguientes consideraciones:
Que en fecha veintidós (22) de abril de 2015, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, dictó sentencia en la que resolvió:
Primero: Con lugar la demanda por motivo de Interdicto Civil por Despojo, incoada por la ciudadana Delsy Yamilet Osio Matute, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.690.586, en su nombre propio y en representación de sus menores hijas, las adolescentes: SE OMITE NOMBRE, de diecisiete (17) y quince (15) años, con cédulas de identidad Nros.V-26.866.250 y V-27.627.833, respectivamente; contra los ciudadanos Alexandra Josefina Ramírez Pandare y Víctor Ramón Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.889.795 y V-7.537.178, respectivamente. Así se decide.-
Segundo: Se ordena a las partes demandadas los ciudadanos Alexandra Josefina Ramírez Pandare y Víctor Ramón Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.889.795 y V-7.537.178, respectivamente, que le restituyan la posesión que venía ejerciendo la ciudadana Delsy Yamilet Osio Matute, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.690.586, sobre un inmueble ubicado en la calle Vargas Nro. 10-150 Tinaquillo, Municipio Tinaquillo estado Cojedes.
Tercero: Ofíciese al Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo Habitat y Vivienda (MINEHV) Dirección Ministerial y Estadal Cojedes, a los fines de que procedan a adjudicar una vivienda a la ciudadana Alexandra Ramírez. Así se decide, debiendo remitir al tribunal de ejecución respectivo la gestión realizada.

Que transcurrido el lapso para interponer los recursos correspondientes sin que las partes hubieren hecho uso de ellos, el Tribunal de Primera Instancia de Juicio, declaro definitivamente firme la sentencia y ordenó remitir el asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para que fuera redistribuido a este Tribunal con la finalidad de que conozca de la ejecución de la sentencia.

Es por lo que, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, encontrándose dentro del lapso legal correspondiente, decreta la ejecución de la sentencia dictada en fecha veintidós (22) de abril de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en consecuencia se ordena, Primero: Ofíciese lo conducente al Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo Hábitat y Vivienda (MINEHV) Dirección Ministerial y Estadal Cojedes, a los fines de que procedan a adjudicar una vivienda a la ciudadana Alexandra Ramírez, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V.- 19.889.795.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los once (11) días del mes de mayo del año dos mil quince. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.

La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño.


La Secretaria

Abg. Kathleen Araujo




En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062015000367.


La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.