REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRUBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 26 de Marzo de 2015.
Años: 204° y 155°
Recibida por distribución el día Veintitrés (23) de Marzo del 2015, por ante el tribunal distribuidor, correspondiente al N° 1005, la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano JAIMA ADOLFO MOREY RUIZ, Venezolano, mayor de edad, viudo, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-24.246.564, y de este domicilio; actuando en sus propio nombres y representación de los ciudadanos; THOMAS ENRIQUE, LUIS FELIPE APARICIO ACOSTA y LUIS MIGUEL MOREY ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-20.041.078, V-20.269.388 y V-24.243.242, de este domicilio; debidamente asistido por el abogado en ejercicio VICTOR JULIO VARGAS ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.252 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija al segundo (2do) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
El Juez,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 5001/15.-
LA SECRETARIA,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.