REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNIICPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 25 de Marzo de 2015.
Años: 204° y 155°.
Recibido por distribución en fecha Diecinueve (19) de Marzo del 2015; por ante el tribunal distribuidor, bajo el Nº 0991, solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana; JEANELYS DEL MAR VELOZ NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nª V-12.769.526, domiciliada en la calle Manuel Manrique, casa s/n, Sector 24 de Junio del Municipio Rómulo Gallegos, del estado Cojedes; debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio LAMIA NABIA PEÑA LINAREZ, venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº V-20.042.028, debidamente Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 172.907 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, le da entrada y en consecuencia fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el Nº 4998/15
LA SECRETARIA,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.

VAAM/FMM/hz.-