REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.

San Carlos, 16 de Marzo de 2015.
Años: 204° y 155°

Recibida por distribución el día Diez (10) de Marzo del 2015, por ante el Tribunal distribuidor, bajo el Nº 0960, la presente solicitud de divorcio 185-A, presentada por los ciudadanos; ELADIO JESUS ZERPA MANAURE y YOLIS AMEIDA SOLORZANO; Venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.987.971 y V-10.992.155, respectivamente domiciliados el primero en la Avenida Bolívar sector centro barrio Nuevo casa 10, Parroquia San diego del Municipio Anzoátegui, del estado Cojedes y la segunda en la calle Monagas, casa s/n, del Municipio Tinaco del estado Cojedes,; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio LAURA COLABERARDINO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.113, funcionaria adscrita al programa Tribunal Móvil de la escuela Nacional de la Magistratura; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria

Abg. FELIXANA MÀRQUEZ M.
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2392/15
La Secretaria,

Abg. FELIXANA MÀRQUEZ M.