REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
cuatro de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: HP11-V-2014-000303
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles 04 de marzo de 2015, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en Fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Custodia, de conformidad con lo establecido en el articulo 365 ejusdem de la Ley, incoado por el ciudadano Carlos Eduardo Jesus De La Trinidad Muñoz Gaonzalez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.963.213, contra la ciudadana Maryory Yuruary Perez Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.970.208. Se deja constancia de la presencia de la representación fiscal Abg. Maria Quintero. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal dejándose constancia de la comparecencia de la parte demandante, ciudadano Carlos Eduardo Jesus De La Trinidad Muñoz González, antes identificado, asistido por el Defensor Publico, Abg. Euclides Herrera. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, ciudadana Maryory Yuruary Perez Silva, antes identificada. Se deja constancia de la presencia de la Apoderada Judicial de la parte demandada, Abg. Violeta Bello. Se constituye el Tribunal dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Anny Torres Boscan. Se declara abierta la audiencia. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano Carlos Eduardo Jesus De LA Trinidad Muñoz Gonzalez, quien expone: “No tengo problemas que el adolescente Se omite identidad, viva con la ciudadana Maryory Yuruary Perez Silva, solo que me fije un régimen de convivencia familiar para que pueda compartir junto a mi hijo. Es todo” Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Maryory Yuruary Perez Silva, quien expone: “Estoy de acuerdo con la propuesta realizada por el ciudadano Carlos Eduardo Jesus De La Trinidad Muñoz González, en beneficio del adolescente Se omite identidad. Es todo.” En este estado se le concede el derecho de palabra a la representación fiscal, quien expone: “Oido lo manifestado por las partes y visto que han llegado a un acuerdo, es por lo que esta representación no objeta el acuerdo, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al adolescente Se omite identidad, de doce (12) años. Es todo.” Se le concede el derecho de palabra al Defensor Publico, quien expone: “En vista que el acuerdo de los ciudadanos Maryory Yuruary Perez Silva y Carlos Eduardo Jesus De La Trinidad Muñoz Gonzalez, no vulnera el interés superior del adolescente de autos, solicito al Tribunal imparta la debida homologación. Es todo.” Seguidamente procede la jueza a oir la opinión del adolescente, de conformidad con lo establecido en el articulo 80 de la Ley Organica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien expone: “Tengo 12 años, estudio primer año y me gusta vivir con mi mama. Es todo.” Oído lo manifestado por las partes, asi como la opinión fiscal y vista la solicitud realizada por el Defensor Publico, Abg. Euclides Herrera, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo en fase de Sustanciación, sobre Custodia, celebrado entre los ciudadanos Maryory Yuruary Perez Silva y Carlos Eduardo Jesus De La Trinidad Muñoz Gonzalez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V 13.970.208 y V-11.963.213, respectivamente, asimismo, se acuerda un régimen de convivencia abierto, para que el ciudadano Carlos Eduardo Jesus De La Trinidad Muñoz Gonzalez, antes identificado, comparta con el adolescente Se omite identidad, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al adolescente Se omite identidad, de doce (12) años, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante:
Carlos Eduardo Jesus De La Trinidad Muñoz Gonzalez

Defensor Publico:
Abg. Euclides Herrera

Demandado
Maryory Yuruary Perez Silva

Apoderada Judicial:
Abg. Violeta Bello

Fiscal (A) IV:
Abg. Maria Quintero
La secretaria
Abg. Anny Torres Boscan