REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, 10 de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: HP11-V-2015-000034

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes 10 de Marzo de 2015, oportunidad fijada por éste Tribunal para llevarse a efecto la continuación de la audiencia preliminar en su Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario de Obligación de Manutención. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandante, ciudadana Jhoanna Gabriela Villanueva Lima, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.329.001. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, ciudadano Rodolfo Valentin Gonzalez Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.990.546. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno y como Secretaria la Abogada Anny Torres Boscan. Se declara abierta la audiencia y se imponiéndole a los presentes el motivo y alcance del acto. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Rodolfo Valentin Gonzalez Herrera, quien expone: “Propongo aportar en beneficio de los niños Gabriel Alejandro Camilo Gonzalez Villanueva y Axel Andres Gonzalez Villanueva, la cantidad de Dos Mil Bolivares (Bs. 2.000,00) mensual, que serán depositados en la cuenta corriente Nro. 01340945519461652766, a nombre de la ciudadana Jhoanna Gabriela Villanueva Lima. Con respecto a los gastos escolares, serán divididos entre ambos padres, por lo que propongo aportar un cambio completo de uniformes escolares (ropa y calzado), que serán entregados en la primera quincena del mes de agosto Para el mes de Diciembre, me comprometo en cubrir los gastos correspondientes a la fecha del 24 de Diciembre, que entregaré a comienzos del mes de Noviembre, debiendo la madre cubrir los gastos de la fecha 31 del referido mes. Los gastos médicos serán cubiertos por ambas partes, en un equivalente del cincuenta por ciento (50%) cada uno. Para el mes de junio, aportaré un cambio de ropa para uno de mis hijos, correspondiéndole a la ciudadana Jhoanna Gabriela Villanueva Lima, cubrir la reposición de ropa de nuestro otro hijo. Asimismo, los gastos de trasporte escolar de los niños, serán cubiertos en partes iguales. Es todo.” En este estado se le concede el derecho de palabra ala ciudadana Jhoanna Gabriela Villanueva Lima, quien expone: “Estoy de acuerdo con la propuesta del ciudadano Rodolfo Valentin Gonzalez Herrera. Es todo.” Oido lo manifestado por las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo de Obligación de Manutención, en Fase de Mediación celebrado entre los ciudadanos Jhoanna Gabriela Villanueva Lina y Rodolfo Valentin Gonzalez Herrera, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 17.329.001 y V-17.990.546, respectivamente, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños Se omite identidad, de ocho (8) y siete (7) años, respectivamente, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante:
Gabriela Villanueva Lina


Demandado:
Rodolfo Valentin Gonzalez Herrera

La Secretaria
Abg. Anny Torres Boscán