REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.
En horas de Despacho del día de hoy (23) de Julio de Dos Mil Quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09: 00 a.m.) oportunidad fijada por este Tribunal, para que tenga lugar el ACTO CONCILIATORIO entre las partes; ciudadanos: MAXY ELIANA MARIN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.639.597 y LUIS FELIPE CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.662.093, en el presente Expediente signado con el N° 1843-04 en el Juicio por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Seguidamente se deja expresa constancia que se encuentran presentes en la Sala de este Tribunal, la Abogada Erika de Lourdes Canelón Lara, Jueza Provisoria del TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, la Abogada Eylin Patricia Seco, Secretaria Accidental y el Alguacil del Juzgado Abogado José Ángel Martínez, así como del Adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-26.246.586, ESTUDIANTE DE ADMINISTRACION COMERCIAL(Universidad de Carabobo) previa autorización de sus padres plenamente identificada en actas. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano: LUIS FELIPE CASTELLANOS quien expone lo siguiente: “Ciudadana Juez yo soy un Obrero en la empresa “Continental” ubicada en la Carretera Nacional, Valencia Tinaquillo Km 46, Tinaquillo estado Cojedes y gano actualmente (Bs. 13.380)” “Por mi ingreso mensual me comprometo a dar a mi hijoIDENTIDAD PROTEGIDAde 17 años de edad en lo que respecta a su OBLIGACION DE MANUTENCION el 20% de mi salario, equivalente a (Bs. 2.676) los 30 de cada mes” “igualmente el 20% de la Bonificación de Fin de año y el 20% de mis Prestaciones Sociales en caso de Retiro o Despido de mi empleo” “ Señora juez le manifiesto que por la empresa se cancela una BECA ESCOLAR y BENEFICIO DE UTILES ESCOLARES a los trabajadores, por buen promedio académico de los hijos, y mi representado goza de tales beneficios” “En este sentido requiero que se oficie a la empresa para que haga los descuentos correspondientes al pago mensual del la OBLIGACION DE MANUTENCION, y lo que respecta a BECA ESCOLAR Y BENEFICIO DE UTILES ESCOLARES directamente a la cuenta de la madre ciudadana MAXY ELIANA MARIN” “Con lo que concierne a CONSULTAS MEDICAS, MEDICINAS, ROPA, CALZADO, UTILES ESCOLARES, LIBROS y demás necesidades de un adolescente como mi hijo, pido sean compartidos en un 50% para cada uno de nosotros” “ Me responsabilizo en hacer lo pertinente para gestionar por medio de la empresa un seguro para mi hijo LUIS ARTURO CASTELLANOS MARIN” “Para finalizar señora juez me comprometo a dar (Bs 1200) en efectivo a mi hijo en la casa de su abuela el día sábado 25 de julio de 2015 a las 10:00 a.m.”. Es todo.- Seguidamente se le da el derecho de palabra a la ciudadana: MAXY ELIANA MARIN quien expone lo siguiente: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el padre de mi hijo, le aporto en este acto nuevamente el Nº de cuenta 1750070850010007043 tipo: Ahorro del Banco Bicentenario y pido que a medida que sean decretados aumentos salariales presidenciales y correspondan al padre de mi hijo, la empresa automáticamente realice el calculo que concierna y sean depositados o transferidos a la cuenta ya antes señalada para el beneficio que por ley le toca a nuestro hijoIDENTIDAD PROTEGIDApor OBLIGACION DE MANUTENCION” “Entrego en este acto copia del acta de nacimiento de nuestro hijo al ciudadano LUIS FELIPE CASTELLANOS para que gestione lo del Seguro del menor” . Es todo. Se Terminó, se leyó y conformes firman. Oído el convencimiento celebrado entre las partes, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, da por consumado el presente Acto. Se imparte su HOMOLOGACIÓN en lo que respecta a la Obligación de Manutención. Procédase como en sentencia pasada con Autoridad de Cosa Juzgada Formal, Oficiese a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Familia y de Protección del Niño, Niña y Adolescente del estado Cojedes y a la Defensoría Municipal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Falcón del estado Cojedes de la presente homologación e igualmente líbrese oficio al patrono del ciudadano LUIS FELIPE CASTELLANOS para que gestione lo correspondiente a los descuentos por OBLIGACION DE MANUTENCION y BENEFICIOS DE BECA Y UTILES ESCOLARES, y a su vez para que informe a este Juzgado si el trabajador precitado cuenta con algún otro beneficio y remita a la brevedad constancia actual de su ingreso mensual”. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. ERIKA CANELÓN LARA
LAS PARTES
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C.I: C.I:
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C.I:
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. EYLIN PATRICIA SECO
EL ALGUACIL,
ABG. JOSE ANGEL MARTINEZ
Expediente Nº 1843-04.-
ECL/EPS/LPL.
Dirección: Calle Colina, entre Avenida Francisco de Miranda y Avenida Carabobo, Edificio San Jorge, Planta Alta, Oficina Nº 06, Tinaquillo, Municipio Falcón del Estado Cojedes.
Teléfono - Fax Nº (0258) – 7662797.
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