REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.

En horas de Despacho del día de hoy veintiséis (26) de Febrero de Dos Mil Quince (2015), siendo las diez de la mañana (10: 00 a.m.) oportunidad fijada por este Tribunal, para que tenga lugar el ACTO CONCILIATORIO entre las partes; ciudadanos: ONEIDA CRISTINA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.993.267 y LUIS ÁNGEL TALAVERA FUENMAYOR , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.136.178, en el presente Expediente signado con el N° 3666-14 en el Juicio por FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Seguidamente se deja expresa constancia que se encuentran presentes en la Sala de este Tribunal, la Abogada Erika de Lourdes Canelón Lara, Jueza Provisoria del TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, la Abogada Filomena Gutiérrez, Secretaria y el Alguacil del Juzgado, acompañados por ambas partes. Se le concede el derecho de palabra al demandado ciudadano: LUIS ÁNGEL TALAVERA FUENMAYOR quien expone lo siguiente: “Ciudadana Jueza me comprometo con dar el 15% de mi ingreso mensual a mi hijo IDENTIDAD PROTEGIDA equivalente a 750 bolívares, para su manutención” “Igualmente daré 300 bolívares semanales a la ciudadana ONEIDA CRISTINA ALVAREZ por concepto de guardería de mi hijo IDENTIDAD PROTEGIDA”.” Con relación al mes de Diciembre me comprometo a comprarle Ropa y Calzados a mi niño para sus estrenos del 24 de Diciembre”. “ En cuanto a los gastos por medicina y consultas medicas propongo que compartamos los gastos la madre de mi hijo y yo, así como los adicionales de ropa y calzados del niño durante el resto del año” “Haré los depósitos quincenalmente a la Cuenta de Ahorro Nº 0116-0467-61-020785-2618, del Banco Occidental de Descuento(B.O.D) a nombre de la ciudadana: ONEIDA CRISTINA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.993.267, madre de mi hijo IDENTIDAD PROTEGIDA TALAVERA ALVAREZ, por el monto de: 975,00 Bolívares el 15 de cada mes y 975,00 Bolívares el 30 de cada mes, sumando, equivalentes a 1.950,00 Bolívares mensuales por concepto de (Obligación de Manutención y Guardería)”. Es todo. Seguidamente se le da el derecho de palabra a la ciudadana: ONEIDA CRISTINA ALVAREZ quien expone lo siguiente: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el padre de mi hijo”. Es todo. Se Terminó, se leyó y conformes firman. Oído el convencimiento celebrado entre las partes, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, da por consumado el presente Acto. Se imparte su HOMOLOGACIÓN. Procédase como en sentencia pasada con Autoridad de Cosa Juzgada Formal, Oficiese a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Familia y de Protección del Niño, Niña y Adolescente del estado Cojedes y a la Defensoría Municipal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Falcón del estado Cojedes de la presente homologación”. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,


ABG. ERIKA CANELÓN LARA

Las partes


____________________________________ y__________________________________
C.I: C.I:







LA SECRETARI A

ABG. FILOMENA GUTIERREZ


Expediente Nº 3666-14.-
ECL/FG/LPL.
Dirección: Calle Colina, entre Avenida Francisco de Miranda y Avenida Carabobo, Edificio San Jorge, Planta Alta, Oficina Nº 06, Tinaquillo, Municipio Falcón del Estado Cojedes.
Teléfono - Fax Nº (0258) – 7662797.