REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, 24 de febrero de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: HP11-V-2014-000389

ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes 24 de febrero de 2015, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la audiencia preliminar en Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario por motivo de Divorcio Contencioso. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia, la parte demandante, ciudadana Addy Esther Piña de Carmona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.774.458. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, ciudadano Andres Gregorio Carmona Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.531.410. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la abogada Anny Torres Boscan. Se declara abierta la audiencia y se da INICIO, imponiéndole a los presentes el motivo y alcance del acto, dando una explicación en qué consiste la Fase de mediación y cuál es la finalidad, la Jueza tiene autonomía y dirección en el desarrollo de la misma. Seguidamente se le concede le concede el derecho de palabra al ciudadano Andres Gregorio Carmona Ortega, quien expone: “Estoy de acuerdo que la responsabilidad de crianza de la niña Se omite identidad, la siga ejerciendo como lo ha venido haciendo la madre. Es todo” Con respecto al régimen de obligación de manutención, la misma fue homologada mediante sentencia de fecha 04/07/2014, en el asunto Nro. HP11-J-2014-000770, por motivo de Homologación de Obligación de Manutención. Se deja constancia que este Tribunal prescinde de oír de la opinión de la niña debido a su corta edad. Oido lo manifestado por las partes y visto que no llegaron a acuerdos en relación al punto relacionado con el régimen de convivencia familiar. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo Parcial sobre la responsabilidad de crianza, relacionada con el presente asunto de Divorcio Contencioso, celebrado entre los ciudadanos Andres Gregorio Carmona Ortega y Addy Esther Piña de Carmona, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-13.531.410 y V- 16.774.458, respectivamente, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña Se omite identidad, de cinco (5) años, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Asimismo, se ordena oficiar a la Unidad de Defensa Publica, a los fines de solicitarle, se sirva a designar un Defensor Público, para que asista al ciudadano Andres Gregorio Carmona Ortega, con respecto a las Intituciones Familiares. En consecuencia, visto que no llegaron a acuerdos en relación al Regimen de Convivencia Familiar, se da por concluida la Fase de Mediación en el presente asunto y una vez que conste en autos lo requerido, se fijará mediante auto aparte el día y la hora que tendrá lugar la audiencia preliminar en Fase de Sustanciación. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante:

Addy Esther Piña De Carmona


Demandado:


Andres Grgeorio Carmona Ortega


La secretaria

Abg. Anny Torres Boscan