En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA ADMISIÒN DE LOS HECHOS y por consiguiente CON LUGAR, de la demanda incoada por los ciudadanos AMARILIS CRISTINA PEROZA RIVERO E ISRAEL ANTONIO MACIAS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.628.785 y V-11.961.353 respectivamente, asistidos por el Abogado MANOLO ERNESTO GARCIA, IPSA Nº 142.645, contra la SOCIEDAD MERCANTIL "LIMPIEZA INTEGRAL Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL, C.A., (LIMAINCA); en la persona del ciudadano NESTOR LUIS MÁRQUEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.816.923.
Hay condenatoria en costas.
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