REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos diecinueve (19) de enero de dos mil quince
204º y 155º
ASUNTO: HP11-J-2014-000358
SOLICITANTES: María Luisa Ortega Ortega y Luis Eduardo Ochoa
MOTIVO: Homologación de la Revisión de la Obligación de Manutención
En el día de actividad jurisdiccional de hoy lunes diecinueve (19) de enero del dos mil quince (2015), oportunidad para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia especial en el presente asunto en fase de ejecución; se conforma el tribunal por la ciudadana Jueza Abg. Yolimar Márquez Avendaño, la secretaria Abg. Mirtha Castillo; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana María Luisa Ortega Ortega, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.135.727, Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano Luis Eduardo Ochoa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.768.608; Asimismo se deja constancia de la comparecencia del Abg. Argenis Álvarez en su carácter de Fiscal IV del Ministerio Público quien actúa como parte de buena fe. Se declara abierta la audiencia. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano Luis Eduardo Ochoa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.768.608 quien expone: “Solo he incumplido con las mudas de ropa, es por la situación económica, en el hospital hay muchas deudas con los trabajadores, “Solicito que me den hasta el 15 de febrero de 2015 para cumplir con lo que tengo pendiente”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: María Luisa Ortega Ortega, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.135.72 quien expone: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el padre de los niños”. Seguidamente En este estado se le concede el derecho de palabra a la Fiscal IV del Ministerio Público, quien expone: “Visto lo manifestado por las partes, quienes han llegado a un acuerdo donde, esta representación solicita al tribunal la respectiva homologación. Es todo.” Oída la exposición de las partes, así como la de la representación fiscal, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo celebrado, entre los ciudadana María Luisa Ortega Ortega, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.135.727, y el ciudadano Luis Eduardo Ochoa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.768.608; respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños de autos y versan sobre derechos disponibles y no lesionan los derechos de los niño en procédase como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada formal. Se concluye la presente audiencia Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño
Solicitantes:
María Luisa Ortega Ortega
Luis Eduardo Ochoa
Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Público
Abg. Argenis Álvarez
La Secretaria
Abg. Mirtha Castillo
En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ006201500027.
La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.
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