ACTA

N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2014-000162
PARTE ACTORA: MIGDALIA JOSEFINA JIMENEZ HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ADRIANA MELO, CARMEN HAIDEE ARCILA DE DELGADO
PARTE DEMANDADA: ESTADO COJEDES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HECMAR MACUPIDO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


En el día hábil de hoy veintiuno (21) de enero del año 2015, siendo las 10:00 a.m. se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Jueza Titular, Abg. DENIS MARGARITA LEON SEQUERA con la asistencia de la ciudadana Secretaria, estando presentes, únicamente la parte demandada, en la persona de la Abogada HECMAR MACUPIDO inscrita en el IPSA bajo el número 134.438 en su carácter de apoderada judicial de la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO COJEDES; quien consigna copia simple de poder autenticado para ser agregado al expediente luego de confrontado con su original y certificado por la ciudadana Secretaria, no compareciendo la parte actora ciudadano MIGDALIA JOSEFINA JIMENEZ HERNANDEZ Titular de la cedula de Identidad Número 8.668.498 ni por si ni apoderado judicial alguno a la CELEBRACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR fijada para el día de hoy a las 10:00 am en el presente asunto N° HP01-L-2014-000162. Una vez verificada la incomparecencia de la parte accionante la ciudadana Jueza, en aplicación a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a la declaratoria de Ley: Vista la incomparecencia de la parte demandante a la Audiencia Preliminar, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y por consiguiente terminado el proceso de la demanda incoada por la ciudadana MIGDALIA JOSEFINA JIMENEZ HERNANDEZ Titular de la cedula de Identidad Número 8.668.498, contra LA GOBERNACION DEL ESTADO COJEDES. La ciudadana jueza da por concluido el acto y ordena una vez cumplido el lapso legal de cinco (05) días hábiles otorgados a las partes a los fines de ejercer los recursos de Ley, la remisión del expediente al Archivo Sede a los fines de su guarda y custodia hasta el envio definitivo al Archivo Judicial. Se elaboran dos (02) ejemplares de un mismo tenor y aun efecto, uno para ser agregada al expediente y uno para el cuaderno copiador. Es todo y conformen firman.

La Jueza Titular,
Abg. DENIS MARGARITA LEON SEQUERA
La secretaria Titular,
Abg. SCARLET MENDOZA.
Parte demandada y/o representante.