REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
24 de Septiembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: HP11-J-2014-001106
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Custodia, presentada por el profesional del Derecho Argenis Álvarez, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Publico, actuando en representación de los derechos e intereses del niño se omite identidad, a requerimiento de los ciudadanos Carmen Graciela Meza López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.952.595, domiciliada en la Urbanización Sol de Taguanes, manzana 10, casa Nro. 18, Municipio Tinaquillo estado Cojedes y Nelson Alberto Domínguez Venero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.488.166, domiciliado en la Urbanización Buenos Aires, bloque 2, apartamento 03-04, Municipio Tinaquillo estado Cojedes. Este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• La custodia del niño Diego Alessandro Domínguez Meza, será ejercida por el padre, ciudadano Nelson Alberto Domínguez Venero, antes identificado, debiendo cumplir con las obligaciones como padre.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 518, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Carmen Graciela Meza López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.952.595 y Nelson Alberto Domínguez Venero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.488.166, en beneficio del niño se omite identidad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los 24 días del mes de Septiembre de 2014. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Ana Cisneros
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