REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dieciocho de septiembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: HP11-J-2014-001012
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Custodia, presentada por el profesional del Derecho Argenis Álvarez, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en representación de los derechos e intereses del niño Se omite nombre de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Lopnna,, de ocho (8) años, a requerimiento de los ciudadanos Yulibel Del Carmen Mireles Mieres, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.888.012, domiciliada en el sector Hacienda Vieja, calle principal, casa sin número, parroquia Manuel Manrique, Municipio San Carlos estado Cojedes y Luis Amilcar Sanchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.628.610, domiciliado en Hacienda Vieja, calle principal, casa Nro. 9, parroquia Manuel Manrique, Municipio San Carlos estado Cojedes. Este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• La custodia del niño Se omite nombre de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Lopnna,, será ejercida por su padre, el ciudadano Luis Amilcar Sánchez.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 518, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Yulibel Del Carmen Mireles Mieres y Luis Amilcar Sanchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 17.888.012 y V- 15.628.610, respectivamente en beneficio del niño Se omite nombre de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Lopnna,, de ocho (8) años, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los 18 días del mes de Septiembre de 2014. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

La Secretaria
Abg. Ana Cisneros