REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes
San Carlos, veinticinco (25) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: HP01-L-2014-000018

Vistas y analizadas las actuaciones insertas a los autos en la demanda por motivo de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, presentada por los Abogados ROBERT A. MATHEUS V, HENRY A. PIÑERO M y EDITH M. TERAN G., inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 157.400, 146.794 y 146.786, respectivamente; actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos, MANUEL EDUARDO SÁNCHEZ MÁRQUEZ, MARIELIA RIVERO AVANCINES, DOMINGO ANTONIO SANDOVAL, SIMEON QUEIPO Y ÁNGEL GUSTAVO YNAGAS, titulares de las cedulas de identidad Nº 15.227.616, 10.329.589, 7.195.030, 3.704.685 y 8.674.110, respectivamente, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO RICAURTE DEL ESTADO COJEDES; y en virtud del acta de fecha dieciséis (16) de julio del año dos mil catorce (2014), que riela a los folios sesenta (60) y sesenta y uno (61) de la presente causa, mediante la cual este Tribunal deja constancia de la NO comparecencia de la demandada de autos, ALCALDÍA DEL MUNICIPIO RICAURTE DEL ESTADO COJEDES; a la celebración de la Audiencia Preliminar; en consecuencia esta Juzgadora, ordena remitir el presente asunto al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de darle continuidad al proceso. Así mismo se deja constancia que la parte accionada, presento la contestación a la demanda de manera extemporánea. Líbrese el respectivo oficio. Es todo. Cúmplase.-

La Jueza Suplente.


Abg. Zenaida Valecillos Rojas.

La Secretaria Titular.


Abg. Brígida Pérez Mora



ZVR/bpm/es.-