REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, 30 de octubre de 2014
204º y 155º

ASUNTO: HP11-V-2014-000309
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves 30 de octubre de 2014, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la audiencia preliminar en Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario por motivo de Obligación de Manutención. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia, la parte demandante, ciudadana Nicida Ramona HIdalgo de Brizuela, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.609.917 y la parte demandada, ciudadano Oscar Ramón Brizuela Mercado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.320.457. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la abogada Ana Paulina Cisneros Cordova. Se declara abierta la audiencia y se da INICIO, imponiéndole a los presentes el motivo y alcance del acto, dando una explicación en qué consiste la Fase de mediación y cuál es la finalidad, la Jueza tiene autonomía y dirección en el desarrollo de la misma. Seguidamente las partes manifiestan al Tribunal que han llegado acuerdos en relación a algunos conceptos de Obligación de Manutención, de la siguiente manera: 1) Se establece la cantidad de tres mil cuarenta y dos bolívares (Bs. 3.042,oo) mensuales, los cuales serán depositados los días 25 de cada mes, en una cuenta que la progenitora, aportara al padre de la joven. 2) En relación a los gastos de ropa y calzado en el mes de diciembre, el padre aportará la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,°°), los cuales depositará el padre el 15 de diciembre de cada año. Los montos establecidos serán aumentados automáticamente cada vez que el obligado alimentario, le sea incrementado su salario. Se le concede el derecho de palabra a la parte demandante quien expone: “solicito me sea designado un defensor Público asimismo insisto en el procedimiento a los fines de que se fijen los conceptos que no fueron mediados. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte demandada quien expone: “solicito me sea designado un defensor público. Es todo. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo parcial sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Nicida Ramona Hidalgo de Brizuela y Oscar Ramón Brizuela Mercado, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-6.609.917 y V-10.320.457 respectivamente, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la ciudadana Ninoska del Valle Brizuela Hidalgo, de 19 años de edad, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se deja constancia que las partes no llegaron a acuerdos en relación a los conceptos de gastos de medicinas, consultas médicas y gastos escolares (aporte de agosto) y el aumento automático. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, declara concluida la fase de mediación de la audiencia preliminar de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena oficiar a la defensa pública a los fines de que sea designado un defensor público a cada una de las partes y una vez conste en autos la designaciones se fijará mediante auto aparte el día y la hora que tendrá lugar el inicio de la audiencia preliminar en Fase de Sustanciación. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante:
Nicida Ramona HIdalgo de Brizuela

Demandado:
Oscar Ramón Brizuela Mercado

La Secretaria
Abg. Ana Paulina Cisneros Cordova