REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 15 de Octubre de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO: HP11-J-2010-001300
ACTA

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles 15 de Octubre del 2014, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia especial en el presente asunto; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana: Roceli Josefina Campo Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 25.942.675, Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano Yoldixion Ronald Zosa Jimenes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.259.186. Se deja constancia de la incomparecencia de la representación Fiscal del Ministerio Publico. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación; dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abg. Mirtha Castillo. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: Claudy Desiree Herrera de Palma, quien expone: El padre del niño no esta cumpliendo con la obligación de manutención, no cancela desde el mes de noviembre del año pasado, tiene 11 meses atrasados es decir 9.900,00, y en cuanto a los gastos compartidos del 50%, tampoco esta cumpliendo. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano Yoldixion Ronald Sosa Jimenes, quien expone: “No estoy cumpliendo porque yo no trabajo, mi papa le compra las cosas al niño, estoy estudiando Ingeniería, solicito un plazo hasta el 15 de diciembre de 2014 para cancelar las mensualidades atrasadas, y que sean depositados en una cuenta que me indique la madre del niño. Me comprometo a cumplir con la obligación de manutención”. Es todo. En este estado, se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: Claudy Desiree Herrera de Palma, quien expone: “Estoy de acuerdo con la propuesta realizada por el padre de mi hijo y me comprometo a darle un número de cuanta bancaria para que deposite”. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes en funciones de ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Roceli Josefina Campo Rodríguez y Yoldixion Ronald Zosa Jimenes, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. 25.942.675 y V- 19.259.186, respectivamente, por cuanto no vulneran los derechos que le asisten al niño Se omite identidad. Se declara concluida la presente audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg Fanny Coromoto Castro Moreno

Comparecientes

Roceli Josefina Campo Rodriguez

Yoldixion Ronald Sosa Jimenes




La Secretaria

Abg. Mirtha Castillo
HP11-J-2013-001300