REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GIRARDOT.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GIRARDOT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
El Baúl, 03 de junio de 2014.
204º y 155º
Recibida la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos: GUEVARA DE PARRA MARÍA YSABEL, venezolana, viuda, titular de la cedula de identidad Nº 7.564.143; PARRA GUEVARA EDGAR EFRAIN venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 12.364.700; PARRA GUEVARA GONZALO MARIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 12.364.171; PARRA GUEVARA ARMANDO NOEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 14.618.596; PARRA GUEVARA BELSICA YURIMAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 16.159.248 y PARRA GUEVARA LUIS GABRIEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 16.992.624; todos domiciliados en El Baúl, Municipio Girardot del Estado Cojedes, asistidos en este acto por el abogado TORREALBA JASPE FRANCISCO JAVIER, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 152.892. Se ordena darle entrada, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en el libro correspondiente. Por cuanto se observa que lo solicitado no es contrario al orden público, ni a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal admite dicha solicitud cuanto ha lugar en derecho y fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 09:00 a.m, para oír el testimonio de la ciudadana, JASPE GUTIERREZ CARMEN MAIDELYN titular de la cedula de identidad Nº 8.772.499 y a las 09:30 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana, ALVARADO MORA MARIELA JOSEFINA, titular de la cedula de identidad Nº. 19.181.471 a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.
Abg. Emirton I. Rodríguez T.
Juez Temporal.
Abog. Diana C. Rivero
Secretaria Suplente
En la misma fecha del auto que antecede se le dio entrada bajo el Nº 2014-08, se hicieron las respectivas anotaciones estadísticas como está ordenado.
La Secretaria.
Solicitud Nº 2014-08