REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 06 de Febrero de 2014.
Años: 203° y 154°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano LUIS GREGORIO DE JESÚS CADENAS VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-7.563.702, y de este domicilio; debidamente asistido por la abogada en ejercicio, OMAIRA FERNÁNDEZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 43.207 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
La Jueza Temporal,

Abg. SORAYA M. VILORIO R.

LA SECRETARIA

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4774/14.-
LA SECRETARIA,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.



Solicitud Nº. 4774/14.-
SMVR/FMM/zh.-