REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 19 de Febrero de 2014
Años: 203° y 154°
Vista la diligencia, anterior suscrita por la ciudadana, YEINY MARIÁ NIEVES SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.667.754, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio ROSANY NIEVES, inscrita en el I.P.S.A, bajo el número: 167.315, y el pedimento en la misma.- El Tribunal lo acuerda en conformidad y en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por este Tribunal, se ordena su ejecución.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y junto con oficio, remítase una copia al Registrador Civil del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Cojedes y al Registrador Principal del mismo estado, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil.- Se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana Yliana Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-14.414.502, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
La Jueza Temporal.

Abg. SORAYA M. VILORIO R.


La Secretaria


Abg. FELIXANA MARQUEZ M.





Exp. N°2263/13
SMVR/FMM/yp.-