REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 22 de Enero de 2014
Años: 203° y 154°
Vista la designación que en fecha 12 de Diciembre de 2013, me hiciera la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, como Jueza Temporal de éste Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, y habiendo prestado el juramento de Ley por ante la Rectoría de ésta Circunscripción Judicial, en fecha Catorce (14) de Enero del año 2014, según acta Nº 105, que a tal efecto se levantó; y a los fines de que está causa continúe su curso legal, me ABOCO al conocimiento de la misma. En consecuencia, Vista la diligencia, anterior suscrita por la ciudadana; ELSI YASMIN CORDERO TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° 17.328.595, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio YUSURALIA TEJEDA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el número: 136.372, y el pedimento en la misma.- El Tribunal lo acuerda en conformidad y en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por este Tribunal, se ordena su ejecución.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y junto con oficio, remítase una copia al Municipio San Carlos estado Cojedes y al Registrador Principal del mismo estado, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil.- Se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana Zuleima Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V-14.324.242, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
La Jueza Temporal.

Abg. SORAYA M. VILORIO R.
La Secretaria


Abg. FELIXANA MARQUEZ M.

Exp. N°1913/11
SMVR/FMM/hz.-