REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 20 de Enero de 2014.
Años: 203° y 154°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por la ciudadana CARMEN ALIDA YNOJOSA DE MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-9.539.130, con domicilio en sector El Espinal, Av. Bolívar casa N° 11-87, Municipio Rómulo Gallegos estado Cojedes, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos; JHOXCELIS JOHANNA MÁRQUEZ YNOJOSA, titular de cedula de identidad N° 18.849.608, soltero, y NAUDY JESÚS MÁRQUEZ YNOJOSA, titular de la cédula de identidad N° 20.952.308, soltero; debidamente asistida por el abogados en ejercicio, GILBERT JOSÉ CASTAÑEDA LA CRUZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.322.900, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 193.702 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
La Jueza Temporal,

Abg. SORAYA M. VILORIO R.

LA SECRETARIA

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4751/14.-
LA SECRETARIA,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.






Solicitud Nº. 4751/14.-
SMVR/FMM/zh.-