REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
seis de agosto de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: HP11-V-2013-000035
ACTA

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles, 06 de agosto de 2014, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la audiencia preliminar en su Fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el presente asunto sometido al Procedimiento Ordinario, por motivo de Acción Mero Declarativa de Unión Concubinaria. Se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, haciendo acto de presencia la parte demandante, ciudadana Lisseth Rojas Ruiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.247.834, debidamente asistida por la Abogada Virginia Alesia Farfan Silva, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 159.492. Presente el representante de la Defensa Pública, Abg. Euclides Herrera, quien actúa en defensa de los derechos e intereses de los niños Se omite identidad de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Lopnna,, de siete (07) y cuatro (04) años de edad. Igualmente comparece la ciudadana Sara Rojas Ruiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.197.393, en su carácter de curador especial de los niños Se omite identidad de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Lopnna,. Presente la representante de la Fiscalía IV del Ministerio Público Abg. María Gracia Quintero. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abogada Ylcen Alvelaez. Se declara abierta la audiencia, imponiéndole a los presentes el motivo y alcance del acto, dando una explicación en qué consiste la Fase de Sustanciación y cuál es la finalidad, la Jueza tiene autonomía y dirección en el desarrollo de la misma, las pruebas que deseen presentar deben ser en forma oral no se permite lectura de las mismas. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Lisseth Rojas Ruiz, quien expone: “Desisto del presente procedimiento. Es todo.”. Se le concede el derecho de palabra al Abg. Euclides Herrera, quien expone: “No me opongo al desistimiento de la presente acción. Es todo”. Se le concede el derecho de palabra a la Abg. Maria Gracia Quinto quien expone: “No me opongo al desistimiento del procedimiento. Es todo”. Oída la exposición de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Homologa el Desistimiento planteado por la ciudadana Lisseth Rojas Ruiz, en su condición de parte actora en el presente juicio por el motivo de Acción Mero Declarativa de Unión Concubinaria, en consecuencia, se declara extinguida la instancia, terminado el asunto con el archivo del expediente una vez vencido el lapso para ejercer los recursos correspondientes. Se ordena la devolución de los documentos originales, dejando copias debidamente certificadas de los mismos en el presente asunto. Asimismo, se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante:

Lisseth Rojas Ruiz


Curador Especial

Sara Rojas Ruiz


Defensor Público

Abg. Euclides Herrera

La Fiscal

Abg. Maria Gracia Quintero

La Secretaria
Abg. Ylcen Alvelaez