ACTA

N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2011-000239
PARTE ACTORA: MARINE ELCILIA MORENO AGUILAR
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABG. ANDREINA CRISTINA BELLO FUENMAYOR
PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DEL ESTADO COJEDES, representada por la ciudadana Gobernadora, Soc. Erika Farías
APODERADA JUDICIAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO COJEDES: ABG. DENNYRE CASTILLO BLANCO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES

En el día hábil de hoy 14 de agosto del año 2014, siendo las 09:00 a.m., se trasladó este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Jueza Suplente Abg. Zenaida Valecillos Rojas, con la asistencia de la ciudadana Secretaria Accidental Carmen Nereida Pérez y el ciudadano Alguacil Enrique Frías, a fin de constituirse en el Salón de Conferencia de la Dirección General Sectorial de Hacienda de la Gobernación del estado Cojedes, anunciando la celebración de la presente audiencia siendo las 10:00 a.m.; traslado y constitución que se efectúa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 191 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; comparece la ciudadana MARINE ELCILIA MORENO AGUILAR, plenamente identificada en actas como parte accionante, acompañada por su apoderada judicial Abg. ANDREINA BELLO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 57.222; y por la parte demandada, a saber, GOBERNACION DEL ESTADO COJEDES, representada por la ciudadana Gobernadora, Soc. Erika Farías, comparece en representación de la Procuraduría General del estado Cojedes, sus co-apoderadas judiciales Abg. DENNYRE CASTILLO BLANCO, inscrita en el IPSA Nº 139.217; y la Abg. GINA SAMMITO RUIZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 62.258; y en representación de la Dirección General Sectorial de Hacienda, la Abg. Ludis Hidalgo, inscrita en el IPSA N° 146.757. Todos reunidos con el objetivo de dar inicio a la AUDIENCIA ESPECIAL DE PAGO fijada para el día de hoy en el presente asunto N° HP01-L-2011-000239. De seguida la Jueza le concede el derecho de palabra a las partes en el orden establecido en la audiencia. Una vez verificada la presencia de las partes, la ciudadana Jueza declara abierto el acto. Se otorgó el derecho de palabra en el orden establecido, para lo cual la representante judicial del estado Cojedes manifestó al Tribunal y al accionante, lo siguiente: “Ciudadana Jueza, cumpliendo órdenes emanadas de la Gobernadora del estado Cojedes, ciudadana Erika Farías, procedemos el día de hoy a honrar los pasivos laborales adquiridos en razón a los derechos reclamados por la trabajadora demandante en la presente causa, y acordados mediante sentencia definitiva dictada en el presente juicio, mediante la presentación de título valor (cheque), a nombre de la demandante, el cual se describe a continuación: Cheque Nº 71730781, de fecha 13 de agosto de 2014, girado contra la entidad financiera Banco Bicentenario Banco Universal (Agencia San Carlos), por un monto de Bs. 52.618,29, a favor de la ciudadana MARINE ELCILIA MORENO AGUILAR. Seguidamente, la representante judicial de la accionante expone: “Por cuanto he verificado que el monto indicado en el referido título valor, se corresponde con el monto condenado, mi representada quien se encuentra presente en esta audiencia, acepta conforme el mencionado cheque”. En este estado, este Tribunal, en vista de la CONCILIACIÓN lograda en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley adjetiva laboral, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, le imparte la debida HOMOLOGACION, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Igualmente, es menester indicar, que una vez que conste en autos, el pago efectivo de los Honorarios Profesionales debidos al experto contable designado en el presente asunto, suficientemente identificado en autos, se procederá al cierre y archivo del presente expediente, pasado que sea un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a dicha constancia. Se elaboran seis (06) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, por la naturaleza del acuerdo planteado, uno para ser agregado al expediente, dos para los cuadernos copiadores, uno para la parte accionante, uno para la parte accionada y uno para la representación de la Dirección General Sectorial de Hacienda. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.



La Jueza Suplente
Abg. Zenaida Valecillos Rojas. La Secretaria Accidental


Parte demandante y/o representante. Parte demandada y/o representante.




Representante de la Dirección General
Sectorial de Hacienda

El Alguacil