REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veintiocho de abril de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: HP11-V-2014-000018
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes 28 de abril de 2014, oportunidad fijada por éste Tribunal para llevarse a efecto de la audiencia preliminar en su Fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario de Divorcio Contencioso. Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano: Marco Ramón Mosquera Guerra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.539.473, en su condición de demandante; debidamente asistido por el Abg. Juan Monasterio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 189.098. Asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de la ciudadana: Ysvelia del Carmen Alvarado Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.994.411, en su condición de parte demandada. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno y como Secretaria la Abogada Gloria Linarez. Se deja constancia que se prescinde la grabación de la presente audiencia por encontrarse el Técnico Audiovisual designado a este circuito judicial, en audiencia de juicio. Se declara abierta la audiencia. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: Ana Karina Arocha Camacho, quien expone: “Manifiesto ante este Tribunal que Desisto formalmente del presente procedimiento, solicito la devolución de los documentos originales. Es Todo”. Oídas las exposición de la parte accionante, de conformidad con establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el Desistimiento formulado por el ciudadano Marco Ramón Mosquera Guerra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.539.473, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. En consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Obligación de Manutención. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno


Demandante:
Marco Ramón Mosquera Guerra


Abogado Asistente
Abg. Juan Monasterio


La Secretaria
Abg. Gloria Linarez