REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veintiseis de septiembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-V-2013-000234
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves 26 de Septiembre de 2013, oportunidad fijada por éste Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario por motivo de Régimen de Convivencia Familiar. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia el ciudadano Yinder Rafael Perez Farfán, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.776.038, en su condición de demandante. Se deja constancia de comparecencia de la ciudadana Milagros Del Valle Herrera Navas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 21.138.321, en su condición de demandada. Se constituye el Tribunal. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abogada Anny Torres Boscan. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano: Yinder Rafael Pérez Farfán, quien manifiesto: “Propongo, siempre y cuando éste libre en mi trabajo, que los días viernes y sábado, buscaré a mi hijo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.) y la retornaré en horas de la tarde del día sábado. En el mes de Diciembre, compartiré con el, en fecha del 24 y 31 del referido mes; asimismo, compartiré con el niño el Día del Padre. Para el día del cumpleaños de mi hijo propongo que tanto la madre y yo, compartamos con el niño.”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Milagros Del Valle Herrera Navas, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el progenitor de mi hijo. Es todo”. Es todo. Oída la exposición de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado, entre los ciudadanos Yinder Rafael Pérez Farfán y Milagros Del Valle Herrera Navas, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 16.776.038 y V- 21.138.321, respectivamente. Dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño SE OMITE NOMBRE, de dos (2) años; en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento de Régimen de Convivencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno


Demandante:


Yinder Rafael Perez Farfán

Demandada:

Milagros Del Valle Herrera Navas
La Secretaria
Abg. Anny Torres Boscan