REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veinticinco de septiembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HH11-S-2000-000077
ACTA

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles 25 de Septiembre de 2013, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia especial a los fines de revisar la medida de Colocación familiar; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos Carlos José Veloz y Nora Reyes Guerra, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V-7.053.337 y V-8.673.008 respectivamente. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, la secretaria la Abg. Anny Torres Boscan, se deja constancia de la presencia del Fiscal IV del Ministerio Publico Abg. Lucia garcía. Se declara abierta la audiencia, se le impone a los presentes el motivo y alcance del acto. En este estado procede la Jueza a concederle el derecho de palabra a los ciudadanos Carlos José Veloz y Nora Reyes Guerra, quienes manifiestan: “la adolescente no tiene cédula todavía, porque estamos esperando la adopción, que la estamos tramitando. La adolescente ya tiene doce (12) años con nosotros. En relación a la inscripción en el colegio, cuando fuimos, nos acompaño la trabajadora social y explico la situación. Asimismo, manifestamos al Tribunal, que nos comprometemos a tramitar de manera inmediata la cedulación de la adolescente” Es todo. En este estado se le concede el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público Abg. Lucia García, quien expone: Oídas las exposiciones de los ciudadanos Carlos José Veloz y Nora Reyes Guerra, esta representación fiscal solicita sea ratificada la medida de colocación familiar, a favor de la niña , en el hogar de los ciudadanos: Carlos José Veloz y Nora Reyes Guerra; igualmente solicita, se inste a los ciudadanos ut supra identificados a que realicen los trámites pertinentes a la cedulación de la adolescente SE OMITE NOMBRE, a los fines de garantizarle el Derecho de Identidad.” Es todo. Oído lo manifestado por los ciudadanos Carlos José Veloz y Nora Reyes Guerra, así como la opinión de la representante fiscal, Abg. Lucia García. A los fines de resguardar el derecho que tiene la adolescente SE OMITE NOMBRE, a ser criada en una familia sustituta de conformidad con lo previsto en el articulo 26, en concordancia con el articulo 8, literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve. Primero: Ratificar la Medida Provisional de Colocación Familiar, decretada en fecha 12 de abril de 2.004, en beneficio de la adolescente SE OMITE NOMBRE, de acuerdo con lo establecido en el articulo 127 ejusdem; Segundo: Se insta a los padres sustitutos de la adolescente: SE OMITE NOMBRE, ciudadanos Carlos José Veloz y Nora Reyes Guerra, que realicen los trámites pertinentes y necesarios para la cedulación de la referida adolescente y una vez que realizado dicho tramite, consignar de manera inmediata copia simple de dicho documento de identidad, a los fines de ser agregado a las actas procesales del presente asunto. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.”
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Fiscal IV del Ministerio Público

Abg. Lucia García

Comparecientes:

Carlos José Veloz

Nora Yelitza Reyes Guerra

La Secretaria

Abg. Anny Torres Boscan