REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
diecinueve de septiembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000835
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por el ciudadano Alexis Lara, en su carácter de Consejero del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio el Pao estado Cojedes, a requerimiento de los ciudadanos Ali Roberto Cruces Páez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.974.560, domiciliado en el Caserío el Carrizal, casa N° 12621, calle principal, del municipio el Pao, estado Cojedes y Leidy Yoana Ostos Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.599.741, domiciliada en el sector Pueblo Nuevo, calle Principal, municipio el Pao, estado Cojedes, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de dos (02) años; este Tribunal le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 PRIMERO: El ciudadano Ali Roberto Cruces Páez, compartirá con su hija un fin de semana cada quince (15) días. Asimismo, la niña compartirá con su padre la mitad de las vacaciones escolares, carnaval, semana santa y época decembrina.
 SEGUNDO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Ali Roberto Cruces Páez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.974.560 y Leidy Yoana Ostos Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.599.741, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de dos (02) años, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los 19 días del mes de septiembre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria

Abg. Crisálida Torrealba