REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
diecinueve de septiembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000828
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por la profesional del Derecho Lucia Lismary García Sequera, en su carácter de Fiscal IV Especializada en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en Defensa de los derecho e intereses de los adolescentes SE OMITEN NOMBRES, de dieciséis (16), catorce (14) y doce (12) años y de la niña SE OMITE NOMBRE, de nueve (09) año, a requerimiento de los ciudadanos Jose Enrique Aguirre Aguirre, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.494.414, domiciliado en el barrio el Carmen, via la Guama, casa S/N, Municipio el Pao estado Cojedes y Maria Del Carmen Basanta Peroza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.775.206, domiciliada en la Urbanización Fermín Agrizone calle Principal, via la Guama a la do de la cancha, Municipio el Pao estado Cojedes; este Tribunal le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 PRIMERO: El ciudadano Jose Enrique Aguirre Aguirre, compartirá con sus hijos cada quince (15) días, iniciando los días viernes luego de que culminen la jornada escolar pernoctando hasta los domingos a las 3:00 de la tarde.
 SEGUNDO: En relación al cumpleaños de los adolescentes y de la niña compartirán con ambos progenitores. Por otra parte los adolescentes y de la niña pasaran el día del padre con su progenitor y el día de las madres con su progenitora.
 TERCERO: En lo que respecta a los días de carnaval, semana santa, días festivos, vacaciones escolares y decembrinas será compartidos por ambos progenitores y de forma alterna.
 CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Jose Enrique Aguirre Aguirre, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.494.414 y Maria Del Carmen Basanta Peroza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.775.206, en beneficio de los adolescentes SE OMITEN NOMBRES, de dieciséis (16), catorce (14) y doce (12) años y de la niña SE OMITE NOMBRE, de nueve (09) año, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los 19 días del mes de septiembre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

La Secretaria
Abg. Crisálida Torrealba