REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos once de octubre de dos mil trece
203º y 154º


ASUNTO HP11-V-2013-0000141

CAPITULO I
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Jaidys Maigret Montenegro Franco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.994.887.
DEFENSOR PUBLICO Abg. Juan Ramos Ferrer
DEMANDADO: Rafael Coromoto de Jesús González Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.536.236.
DEFENSOR PUBLICO Abg. Euclides Herrera
BENEFICIARIO: Se omite nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, de cinco (05) años de edad.
REPRESENTACION
FISCAL Abg. Lucia García
MOTIVO Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva (Obligación de Manutención).

CAPITULO II
DE LOS TERMINOS EN QUE HA QUEDADO PLANTEADA LA CONTROVERSIA

Se inicia la presente causa, mediante demanda por motivo de Obligación de Manutención, presentado en fecha 16 de mayo de 2013, por motivo de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana Jaidys Maigret Montenegro Franco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.994.887, en contra del ciudadano Rafael Coromoto de Jesús González Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.536.236, a favor del niño se omite nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, de cinco (05) años de edad.
Transcurrido el proceso, encontrándose la causa en la fase de juicio, las partes, plantearon al tribunal la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio que pusiera fin al juicio, proponiendo la parte demandada lo siguiente:
“…como Obligación de Manutención, la cantidad de ochocientos bolívares, (Bs.800,00) mensuales, a razón de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,00) quincenales, los cuales serán transferidos a una cuenta de ahorro del Banco Mercantil cuya titular es la ciudadana Jaidys Maigret Montenegro Franco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.994.887 y en cuanto al Cesta Juguete me comprometo a comprar los juguetes del niño y presentar soporte de las facturas a la progenitora. Es todo”.

Propuesta que es aceptada por la demandante ciudadana Jaidys Maigret Montenegro Franco, esta juzgadora a los fines de emitir un pronunciamiento en la presente causa, hace las siguientes consideraciones:
- Estando el Convenimiento sobre Obligación de Manutención, previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
- Comprobado que efectivamente las partes tienen capacidad para obrar en el presente procedimiento.
- Que el convenio versa sobre derechos disponibles como es la obligación de manutención.
- Que con el acuerdo propuesto no se vulneran los derechos e intereses del niño se omite nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, por el contrario se protege su interés superior, consagrado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y que dicho acuerdo satisface el derecho que les asiste a tener un nivel de vida adecuado que asegure su desarrollo integral, es por lo que, este Tribunal dá por consumado el acto e imparte su aprobación, homologando el procedimiento. Así se declara.-
CAPITULO III
DECISION

En mérito de lo expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve: UNICO: Homologar el acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Jaidys Maigret Montenegro Franco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.994.887, y Rafael Coromoto de Jesús González Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.536.236, en beneficio del niño se omite nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, de cinco (05) años de edad, el cual quedó establecido de la siguiente manera:
1) Se establece por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de ochocientos bolívares, (Bs.800,00) mensuales, a razón de cuatrocientos bolívares (Bs. 400, 00) quincenales, los cuales serán transferidos a una cuenta de ahorro del Banco Mercantil cuya titular es la ciudadana Jaidys Maigret Montenegro Franco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.994.887.
2) En cuanto al Cesta Juguete el progenitor se compromete a comprar los juguetes del niño y presentar soporte de las facturas a la progenitora.
El presente convenimiento entra en vigencia a partir de la publicación de la presente decisión y podrá ser modificado cuando hayan variado sustancialmente las condiciones presentes para el momento de su firma, a solicitud de las partes o de los beneficiarios. Así se decide.
Procédase como en sentencia pasada con autoridad de COSA JUZGADA FORMAL, todo conforme a lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Cúmplase.
En la ciudad de San Carlos, a los (11) días del mes de Octubre de dos mil trece (2013).
La Jueza


Abg. María Ubilerma Aguilar
La Secretaria

Abg. Kathleen Araujo

En esta misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 2:43 p.m., la cual quedo registrada bajo el Nº PJ0072013000080.

La Secretaria

Abg. Kathleen Araujo