REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, nueve de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000913

Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por los Consejeros de Protección del Municipio El Pao, estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de los niños SE OMITEN NOMBRES, de siete (7), once (11) y catorce (14) años de edad, respectivamente, a requerimiento de los ciudadanos José Leonardo Villanueva Noguera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.964.992 y Tailys Yiraida Herrera Aparicio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.713.664, este Tribunal le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• PRIMERO: La ciudadana Tailys Yiraida Herrera Aparicio, compartirá con sus hijos toda la semana, siempre que no interfiera y respete las horas de estudios de los niños y la adolescente.
• SEGUNDO: Respecto a los fines de semana, la madre compartirá con sus hijos, un (1) fin de semana, cada quince (15) días.
• TERCERO: Las vacaciones escolares serán compartidas entre ambos progenitores, en partes iguales y las vacaciones decembrinas serán alternadas.
• CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Régimen de Convivencia Familiar celebrado entre los ciudadanos José Leonardo Villanueva Noguera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.964.992 y Tailys Yiraida Herrera Aparicio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.713.664, a favor de los niños y la adolescente SE OMITEN NOMBRES, de siete (7), once (11) y catorce (14) años de edad, respectivamente, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los nueve (09) días del mes de Octubre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.


Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza
Abg. Yadira Beatriz Ramos
La Secretaria