REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, quince (15) de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000730

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

SOLICITANTE: JOSÉ MIGUEL ARISMENDI RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.994.406
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE, de trece (13) años de edad.
MOTIVO: CÚRATELA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

MOTIVOS DE HECHO

Compareció ante éste Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, el profesional del Derecho Juan Ramos Ferrer, quien actúa en su condición de Defensor Publico Tercero, asistiendo los derechos e intereses de la adolescente SE OMITE NOMBRE, de trece (13) años de edad, a requerimiento del ciudadano José Miguel Arismendi Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.994.406, domiciliado en el Complejo habitacional Ezequiel Zamora, Torre D, apartamento 1-1, San Carlos estado Cojedes.
Correspondiéndole por asignación a éste órgano subjetivo, el conocimiento del asunto, por lo que en fecha 29 de julio de 2013, le dió entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos que le acompañan y se fijó oportunidad de audiencia para el 26/09/2013, a las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30 am), instando a la solicitante asistir en compañía de la aspirante a curador Ad-hoc, ciudadana Virginia Nataly Rodríguez Tirado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.042.882, a los fines de que emitan su opinión.

En la oportunidad de celebrarse la audiencia llevada a cabo el día fijado para tal fin, a la cual concurrieron a la hora prevista para el acto el solicitante y la aspirante a Curador Ad-hoc, ciudadanos José Miguel Arismendi Rodríguez y Virginia Nataly Rodríguez Tirado, imponiéndoles sobre el motivo y alcance del mismo y los señalamientos de ley, concediéndole el Tribunal el derecho de palabra al ciudadano José Miguel Arismendi Rodríguez, quien ratificó la solicitud de proponer como curador Ad-hoc, a la ciudadana Virginia Nataly Rodríguez Tirado.
MOTIVOS DE DERECHO

A este respecto el Código Civil, establece en su artículo 110 textualmente: sic…
“Cualquier persona que vaya a casarse y tenga hijos menores bajo su potestad, ocurrirá ante un Juez de Menores de su domicilio para que les nombre un Curador ad-hoc…”.

De lo anterior se infiere, que en el caso objeto de estudio se encuentran llenos los extremos establecidos en la norma citada, ya que el ciudadano José Miguel Arismendi Rodríguez, manifestó que solicita la designación del Curador Ad-hoc, en virtud de que en un futuro inmediato tiene programado contraer nupcias, por lo que, ésta sentenciadora considera procedente en Derecho designar como Curador Ad-Hoc del beneficiario de autos, a la ciudadana Virginia Nataly Rodríguez Tirado y así quedará establecido en la parte dispositiva. Así se decide.

PRONUNCIAMIENTO DE LA DETERMINACION

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Designar a la ciudadana Virginia Nataly Rodríguez Tirado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.042.882, como Curador de la adolescente SE OMITE NOMBRE, de trece (13) años de edad, debiendo dar estricto cumplimiento a las obligaciones inherentes a dicho cargo. Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión. Devuélvanse los documentos originales a los fines de ley y déjese en su lugar copia certificada de los mismos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos, a los 15 días del mes de Octubre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.



Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza
Abg. Yadira Beatriz Ramos
La secretaria





HP11-J-2013-000730