REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, once de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000966
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por el profesional del Derecho Argenis Jesús Álvarez Bonilla, en su carácter de Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Publico, actuando en representación de los derechos e intereses de la niña SE OMITE NOMBRE, de once (11) años de edad, a requerimiento de los ciudadanos Luis Alberto Tabares Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.734.900, domiciliado en el sector José Laurencio Silva, bloque 7, apartamento 02-04, Segundo Piso, Tinaco estado Cojedes y Beatriz Adriana Cabrera Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.775.343, domiciliada en el sector José Laurencio Silva, bloque 7, apartamento 01, Planta Baja, Tinaco estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• PRIMERO: El ciudadano Luis Alberto Tabares Pérez, compartirá con su hija dos (2) veces, de los cuatro (4) fines de semana que tiene el mes, siendo de manera alternada, debiendo el padre, el día Sábado que le corresponda retirarla del hogar materno a las nueve de la mañana (9:00am) pudiendo pernoctar con ella hasta el día Domingo a las seis de la tarde (6:00 pm).
• SEGUNDO: En las vacaciones del mes de Diciembre, serán compartidas en partes iguales, es decir, iniciando con el padre desde la fecha del diecisiete (17) hasta el veinticinco (25) del referido mes y en lo sucesivo le corresponderá a la madre, siendo alternado anualmente.
• TERCERO: en relación a las vacaciones escolares que sean compartidas en partes iguales quince (15) días con el padre y el resto con la madre.
• CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Luis Alberto Tabares Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.734.900 y Beatriz Adriana Cabrera Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.775.343, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de once (11) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los once (11) días del mes de Octubre. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.


Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza



Abg. Yadira Beatriz Ramos

La Secretaria