REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, diez de octubre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000952
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por el profesional del Derecho Juan Ramos Ferrer, en su condición de Defensor Público Tercero, quien asiste los derechos e intereses del adolescente SE OMITE NOMBRE, de trece (13) años de edad, a requerimiento de los ciudadanos Aura Rosa Escalona Linares y Oscar Pérez Jiménez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 9.045.744 y V- 11.965.984, respectivamente, domiciliados en el Sector Las Granjitas, calle José Ignacio Carujas, Tinaquillo estado Cojedes y Sector el Humazo, casa 74-11, Avenida Carabobo, Tinaquillo estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

• PRIMERO: El ciudadano Oscar Pérez Jiménez, compartirá con su hijo cada quince (15) días, pudiendo el adolescente pernoctar un fin de semana junto a su padre, quien lo buscará el sábado en la mañana y lo retornará a la casa de la madre el día lunes en horas de la tarde.
• SEGUNDO: Las vacaciones de Carnaval el adolescente compartirá junto a su madre y las vacaciones de Semana Santa, junto a su padre, siendo alterno para el año siguiente.
• TERCERO: Para el periodo de vacaciones el adolescente compartirá la mitad con el padre y la otra mitad con la madre.
• CUARTO: En el mes de diciembre para el primer año, el progenitor compartirá con el adolescente el 24 y para el 31 compartirá con la madre, siendo de forma alterna para los años siguiente.
• QUINTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Aura Rosa Escalona Linares y Oscar Pérez Jiménez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 9.045.744 y V- 11.965.984, respectivamente, en beneficio del adolescente SE OMITE NOMBRE, de trece (13) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los diez (10) días del mes de Octubre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.


Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Jueza



Abg. Yadira Beatriz Ramos

La Secretaria