REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 21 Octubre de 2013
Años: 203° y 154°
Vista la diligencia anterior suscrita por el ciudadano; PÈREZ GONZALEZ HERNÀN JOSÈ, portador de la cédula de identidad Nº V- 19.542.271 asistido por el abogado; JOSÈ RAMÒN ARANGUREN, inscrito en el I.P.S.A, bajo el número: 159.497, y el pedimento en la misma.- El Tribunal lo acuerda en conformidad y en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por este Tribunal, se ordena su ejecución.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y junto con oficio, remítase una copia al Registro Civil del Municipio Autónomo San Carlos estado Cojedes y al Registrador Principal del mismo estado, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil.- Se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana Yliana Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-14.414.502, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez Provisorio.
Abg. VICENTE A. APONTE M
La Secretaria,
Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
Exp. N°2048/-12
VAAM/FMM/yp.-