REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 16 de Octubre de 2013.-
Años 203° y 154°
Vista la diligencia anterior, suscrita por la ciudadana CARMEN ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.015.162, asistida por el abogado en ejercicio MARIO JOSÉ SOLOZANO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Número: 187.100, se acuerda en conformidad con lo solicitado.- En consecuencia, firme como ha quedado la anterior decisión dictada por este Tribunal en fecha 18 de Septiembre de 2013, se ordena su ejecución.- Expídase por Secretaria las copias certificadas solicitadas con inserción de dicha diligencia y del presente auto, y junto con oficio, remítase copia al Registro Civil del Municipio Vargas, del estado Vargas, y al Registro Principal del mismo estado, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil; se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana ZULEIMA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.324.242, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez Provisorio,
Abg. Vicente A. Aponte M.
La Secretaria,
Abg. Felixana Márquez M.
Exp. 2039/12
VAAM/FM/hz.-