REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, veintisiete (27) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Asunto: HP11-K-2013-000001


DEMANDANTE: Se Omite identidad de Conformidad con el Articulo 65 de Lopnna,, venezolano, de dieciséis (16) años de edad de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.165.800.
DEMANDADO: Lian Tang Zhin Quiang, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.988.487, en su carácter de Representante legal de la Granja La Alcantarilla.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.
SENTENCIA: Interlocutoria.

Por recibido el presente asunto de Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por el adolescente Se Omite identidad de Conformidad con el Articulo 65 de Lopnna,, venezolano, de dieciséis (16) años de edad de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.165.800, debidamente asistido por los Abogados Víctor Gómez y José Cassalet, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.131.659 y V-12.561.229, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 136.430 y 146.783 respectivamente, contra el ciudadano Lian Tang Zhin Quiang, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.988.487, en su carácter de Representante legal de la Granja La Alcantarilla; procedente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Désele entrada y anótese en los libros respectivos. Éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, actuando en funciones de Ejecución; estima hacer las siguientes consideraciones:
Que en fecha seis (06) de noviembre de dos mil trece (2013), el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, resolvió:
Primero: Con lugar la demanda de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el adolescente Pablo Emilio Santamaría en contra del ciudadano Lian Tang Zhin Quiang, en los términos antes descritos. Segundo: Se ordena Experticia Complementaria del Fallo.
Tercero: Se condena al demandado de autos ciudadano Lian Tang Zhin Quiang, a pagar la cantidad de ciento veinte unidades Tributarias (120 UT), cantidad que deberá ser depositada al Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Tinaquillo del Estado Cojedes.
Cuarto: Se condena en costas a la parte demandada.

Es por lo que, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y encontrándose dentro del lapso legal correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, decreta; Primero: La ejecución de la sentencia dictada en fecha seis (06) de noviembre del año dos mil trece (2013), por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Segundo: Se designar como único experto contable a la Licenciada Ilda Raquel Cancini, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.422.545, residenciada en la Calle Mariño entre Pichincha y Negro Primero, Casa N° 05-68, Municipio San Carlos Estado Cojedes, en consecuencia líbrese boleta de notificación a la referida ciudadana con el objeto de que comparezca ante éste Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a las 10:00 de la mañana, a que conste en autos su notificación, para que tenga lugar la respectiva juramentación, a fin de que realice los cálculos de la indexación monetaria e intereses sobre el monto acordado en sentencia dictada en fecha seis (06) de noviembre del año dos mil trece (2013), por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de Protección. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño
La Secretaria

Abg. Zuly Josefina Herrera Montiel


En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062013000964.