REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 19 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO: HP11-K-2012-000002

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes 19 de noviembre de 2013, oportunidad fijada por éste Tribunal para llevarse a efecto de dar continuidad a la audiencia preliminar en Fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por la adolescente SE OMITE NOMBRE, contra el ciudadano Gustavo Eduardo Moser. Se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana María Filomena Ochoa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.197.751, en su condición Tutora. Asimismo, comparece el abogado José Rafael Silva, en su condición de Apoderado Judicial de la Parte actora, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.485.748 y la adolescente de autos. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno y como Secretaria la Abogada Yadira Beatriz Ramos. Se declara abierta la audiencia. Seguidamente se hacen pasar al despacho las partes presentes y se procede seguidamente a imponerles a los presentes el motivo y alcance del acto, dando una explicación en qué consiste la audiencia, su finalidad y conveniencia, advirtiéndoles, que en modo no quedan afectados por su conducta o señalamientos realizados durante la misma, la jueza tiene la mayor autonomía en el desarrollo de la mediación, siendo su actuación imparcial y confidencial, concediéndole el derecho de palabra al adolescente: SE OMITE NOMBRE, quien expone: “Estoy de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el ciudadano Gustavo Eduardo Moser, Es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana María Filomena Ochoa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.197.751, en su condición Tutora, quien manifestó: “Acepto y estoy de acuerdo con lo propuesto por el ciudadano Gustavo Eduardo Moser, en relación al pago de una cuota única de 450.000,00 bolívares para el día 03 de marzo de 2.014”. Es todo. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Homologar el acuerdo Total celebrado entre los ciudadanos: Gustavo Eduardo Moser y María Filomena Ochoa, en su condición de tutora de la adolescente SE OMITE NOMBRE, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que le asisten a la adolescente: SE OMITE NOMBRE, de 16 años. En consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Tutora:
María Filomena Ochoa

Adolescente:
SE OMITE NOMBRE

Apoderado Judicial
José Rafael Luna Silva
La Secretaria
Abg. Yadira Ramos