REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
catorce de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: HP11-J-2013-001135
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, presentada por el profesional del Derecho Argenis Jesús Álvarez Bonilla, en carácter de Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Publico, quien actúa en representación de los derechos e intereses de la niña SE OMITE NOMBRE, de cinco (5) años, a requerimiento de los ciudadanos Eli Samuel García Sarmiento, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.324.377 y Beatriz Carolina Ramos Mejias, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.838.843, domiciliado en San Carlos estado Cojedes Éste Tribunal, le da entrada, la nota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El ciudadano Eli Samuel García Sarmiento, se compromete en aportar la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) mensual, que serán depositados en la cuenta de Ahorros Nro. 01020858110100001905, de la entidad financiera Banco Venezuela, en los primeros cinco (5) días de cada mes.
SEGUNDO: Los gastos médicos y gastos escolares incluyendo el pago de matricula, que requiera la niña, serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por cada uno de los padres.
TERCERO: En relación a los gastos de la compra de ropa y calzado del mes de Diciembre y la compra del regalo tradicional de “Niño Jesus”, serán cubiertos por ambos padres, en un cincuenta por ciento (50%).
CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Eli Samuel García Sarmiento, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.324.377 y Beatriz Carolina Ramos Mejias, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.838.843, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de cinco (5) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los 14 días del mes de Noviembre de 2013. Año 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Yadira Ramos
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