REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
I
Identificación de las Partes

Solicitante: MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA, según Acta Constitutiva y Reglamento Operativo de la Misión venezolana Centro Norte de los Adventistas del Séptimo Día; debidamente registrada por el Registro Principal del Estado Carabobo, quedando inserta bajo el Nº 05, Folios del 1 al 7, Protocólogo Primero, Tomo 11, de fecha treinta (30) de Julio del dos Mil Cuatro (2004), representada por su Presidente ciudadano Williams José Jiménez Chirinos, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de la cédula de identidad Nº V-9.505.591, domiciliado en la ciudad de valencia Estado Carabobo, según Acta de Asamblea General Ordinaria de la II Sesión Cuadrienal Regular de la Asociación Civil sin Fines de Lucro “MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA” debidamente registrada por el Registro Principal del estado Carabobo, inserta bajo el Nº 08, Folio del 1 al 4,Protocólogo Primero, Tomo 06, de fecha siete (07) de Abril del dos Mil ocho (2008).
Abogado Asistente: RAMO SOLORZANO, Inpreabogado, Nº. 136.236.
Motivo: Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad.

Solicitud Nº. 181/2013.
II
Motiva
Presentada la solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, el 15 de octubre de 2013, por la Asociación Civil. MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIAS, registrada por ante el Registro Principal Civil del Estado Carabobo, según Acta Constitución y reglamento Operativo de la Misión venezolana Centro Norte de los Adventistas del Séptimo Día; debidamente registrada por el Registro Principal del Estado Carabobo, quedando inserta bajo el Nº 05, Folios del 1 al 7, Protocólogo Primero, Tomo 11, de fecha treinta (30) de Julio del dos Mil Cuatro (2004), representada por el ciudadano: Williams José Jiménez Chirinos, mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.505.591, domiciliado en la ciudad de valencia Estado Carabobo, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil. MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIAS, tal como se desprende del acta de Asamblea General Ordinaria de la II Sesión Cuadrienal Regular de la Asociación Civil sin Fines de Lucro, debidamente registrada por el Registro Principal del estado Carabobo, inserta bajo el Nº 08, Folio del 1 al 4, Protocólogo Primero, Tomo 06, de fecha siete (07) de Abril de dos mil ocho (2008), debidamente asistido por el abogado RAMON EDUARDO SOLORZANO RUIZ, inpreabogado Nº. 136.236, sobre las bienhechurías construidas a sus solas y únicas expensas, en un terreno propiedad de la Municipalidad, ubicada en el sector San José Obrero Municipio Autónomo Tinaco del estado Cojedes, cuyos linderos, medidas y características de las bienhechurias han sido descritas, el 17 de Octubre de 2013, en auto que cursa al folio treinta y ocho (38)
se le da entrada y se ordena su tramitación conforme lo prevé el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; así como la evacuación de las justificaciones, en la oportunidad de su presentación, para oír sus deposiciones.
Para fundamentar su petición; el solicitante promovió las siguientes probanzas: 1.- Acta Nº 2, Constitutiva y Reglamento Operativo de la Misión venezolana Centro Norte de los Adventistas del Séptimo Día debidamente registrada por el Registro Principal del Estado Carabobo, quedando inserta bajo el Nº 05, Folios del 1 al 7, Protocólogo Primero, Tomo 11, con fecha treinta (30) de Julio del dos Mil Cuatro (2004). 2.- Acta Asamblea de la Asociación Civil. MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA, registrado por el Registro Principal del Estado Carabobo, Inserta bajo el Nº 46, Protocólogo primero, tomo 12, con fecha tres (03) de Septiembre de dos Mil Cuatro (2004). 3.- Acta Nº 3, Asamblea de la Asociación Civil. MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA, registrado por el Registro Principal del Estado Carabobo, Inserta bajo el Nº 50, Folio del 1 al 5, Protocólogo Primero: Tomo 02, con fecha Seis (06) de Febrero de dos Mil Siete (2007). 4.- Acta de Asamblea General Ordinaria de la II Sesión Cuadrienal Regular de la Asociación Civil sin Fines de Lucro “MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA” debidamente registrada por el Registro Principal del estado Carabobo, inserta bajo el Nº 08, Folio del 1 al 4,Protocólogo Primero, Tomo 06, de fecha siete (07) de abril del dos Mil ocho (2008), documentos que tienen el carácter público de conformidad con lo previsto en el artículo 1357 del Código Civil, cuyo análisis se desprende la facultad de representación que acredita al ciudadano, Williams José Jiménez Chirinos en su condición de Presidente. 5.- Autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Autónomo Tinaco del estado Cojedes, medio probatorio admisible de conformidad con lo previsto en el artículo 395 del Código de Procedimiento Civil, de la cual se desprende que el terreno donde se encuentran edificadas las bienhechurias pertenece al Municipio Autónomo Tinaco del estado Cojedes; su concordancia con los linderos y medidas descritas en la solicitud, y la autorización otorgada para el trámite de estas actuaciones. 6.- En relación a la Constancia de Residencia expedida por el Consejo Comunal “San José Obrero”, del Municipio Autónomo Tinaco estado Cojedes, se observa que la misma constituye un documento administrativo que configura una tercera categoría de prueba instrumental, semejante a los documentos reconocidos que al emanar del Consejo Comunal “San José Obrero”, que acredita la representación del Poder Popular en el sector donde están ubicadas las bienhechurías, la misma se valora respecto a la residencia de la solicitante en el referido sector.7.- Las testimoniales de los ciudadanos TAHIS DE LA CONCEPCIO CASTILLO DE LA FALCE y JOEL ENRIQUE REYES, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-3.815.845 y V-10.325.555, respectivamente. Para su apreciación y valoración, quien decide observa, que en las deposiciones no existe contradicción en sus dichos y están referidas a comprobar la afirmación de la solicitante; medio probatorio admisible conforme a los artículos 395, 477 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y se valoran según el articulo 508 de la citada norma procesal, concatenado con los artículos 1387 al 1392 del Código Civil.
III
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la Asociación Civil. MISION VENEZOLANA CENTRO NORTE DE LOS ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA, antes identificada, sobre las bienhechurias cuyos linderos y demás especificaciones se indican en la solicitud.
Devuélvase en original con sus resultas al interesado, previa anotación en los libros que a tal efecto lleva este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese y Regístrese, déjese copia fotostática certificada en el archivo de este despacho Judicial.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los cuatro (04) días del mes de Noviembre de dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza Temporal,

Abg. Dorimar Cristina Chiquito Chirinos.

La Secretaria,

Abg. Nuris Aurora Lozada.















En fecha _______________, se entregó al interesado, constante de cuarenta y tres (43) folios útiles. Conste.
Secretaria,
Abg. Nuris Aurora Lozada.
Solicitud 181/2013.
DCCHCH/NaL/alq.