REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Penal de Juicio 02 de San Carlos Estado Cojedes
San Carlos, 6 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: HK21-P-2010-000237
ASUNTO: HK21-P-2010-000237
RESOLUCION PJ0062013000397


En fecha 29-10-2013, se inicio el debate oral y público en la presente causa, en fecha 05-11-2013, se encontraba fijada la continuación del debate, donde se dejo expresa constancia que se encontraban presentes el Fiscal Sexto del Ministerio Público así como tanbien la Defensa publica, y el Alguacil de sala deja constancia que no compareció el acusado de autos ciudadano: CESAR EDUARDO ARTEAGA ABREU, ahora bien en vista que al ciudadano CESAR EDUARDO ARTEAGA ABREU, no compareció a la sala de audiencia y siendo el día décimo sexto hábil para la continuación del Juicio Oral y Publico tal como lo establece el articulo 320 del Código orgánico procesal penal a los fines de que se garantice los principios que rigen el juicio oral y publico como lo son la inmediación, concentración y el debido proceso este Tribunal en funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO iniciado el día 29-10-2013,, en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en él, todo de conformidad con el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, y en aras de la celeridad procesal, la tutela judicial efectiva y el debido proceso se acordó fijar para el día 22-01-2014 a las 09:00 horas de la mañana, tal como quedo en el acta de interrupción del debate, y encontrándose presente todas las partes en la sala el Tribunal notifico de forma verbal de la apertura del Juicio oral y Publico, e igualmente se dejo expresa constancia que el tribunal ordeno citar en fecha anteriores los medios de pruebas así como también al acusado de autos.. Así se decide, diarícese y déjese copia
El JUEZ DE JUICIO N° 2
ABG. VICTOR BETHELMY

LA SECRETARIA DE JUICIO,
ABG. FREYDILED SOSA.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado. Conste.

LA SECRETARIA DE JUICIO,
ABG. FREYDILED SOSA