REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veinte de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: HP11-J-2013-000463
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por las Licenciadas Evelyn Betancourt y Nelly Torres, en su condición de Defensoras Municipales, actuando en defensa de los derechos e intereses del niño SE OMITE NOMBRE, de dos (02) años de edad, a requerimiento de los ciudadanos Luis Alberto Sandoval Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.722.773 y María Del Carmen Díaz León, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.487.681, domiciliado el primero de los nombrados en el sector Las Cañadas, vía Las Lomas, punto de referencia: Por las entradas, ante la Rosa Mística, Finca Los Guacharacos, Tinaquillo estado Cojedes y la segunda de los nombrados en el sector Vallecito, calle El Abanico, casa Sin Número, al final del Terminal de autobuses, Municipio Lima Blanco, estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• PRIMERO: El ciudadano Luis Alberto Sandoval Rodríguez, compartirá con su hijo un (01) fin de semana, cada quince (15) días al mes, correspondientes a los días sábado desde la una de la tarde (1:00pm) hasta el día siguiente, es decir, día domingo, a las dos de la tarde (2:00pm). Quedan ambos padres comprometido en acordar de mutuo acuerdo el lugar en el cual será entregado el niño al otro progenitor. SEGUNDO: Los días feriados, comprendidos como época de Carnaval, Semana Santa y Vacaciones, serán compartidos entre padres en partes iguales, siendo alternados anualmente; asimismo, la fecha del veinticuatro (24) de Diciembre, le corresponderá al padre compartir con su hijo y a la madre la fecha del treinta y uno (31) del referido mes (Diciembre).
TERCERO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Luis Alberto Sandoval Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.722.773 y María Del Carmen Díaz León, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.487.681, en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, de dos (2) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, 20 de Mayo de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza
Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Secretaria
Abg. Crisálida Torrealba
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