REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, dieciséis de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000456

Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por las Licenciadas Evelyn Betancourt y Nelly Torres, en su condición de Defensoras Municipales, adscritas a la Defensoría Municipal de Tinaquillo Estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e intereses del niño SE OMITE NOMBRE, de dos (2) años de edad, a requerimiento de los ciudadanos Jesús Noel Escalona Lucena, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.795.414, domiciliado en el sector La Aparición Barrio Los Galpones, calle CADAFE, casa Nro. 03, Acarigua Estado Portuguesa y Livia Del Valle Ramírez Navarro, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 26.828.457, domiciliada en el Sector Juan Ignacio Méndez, Avenida Principal, Granja Yanet, Tinaquillo Estado Cojedes; este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• PRIMERO: El ciudadano Jesús Noel Escalona Lucena, compartirá con su hijo cada quince (15) días, correspondiéndole el día viernes, desde las dos de la tarde (2:00 pm), hasta las dos de a tarde (2:00 pm) del día lunes próximo. Asimismo, el padre podrá pernoctar con el niño, desde el día viernes hasta el día siguiente (sábado) queda entendido que este convenio, se aplicará siempre y cuando el niño no este estudiando. SEGUNDO: Los días feriados, tales como época de carnaval, semana santa y fecha del veinticuatro (24) de Diciembre, será una semana con el padre y el 31 de Diciembre con la madre.
• TERCERO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Livia Del Valle Ramírez Navarro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 26.828.457 y Jesús Noel Escalona Lucena, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.795.414, en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, de dos (2) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, 16 de Mayo de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

La Jueza
Abg. Luisangela Osuna De Pool


La Secretaria

Abg. Kathleen Araujo