REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 28 de Mayo de 2013.
Años: 203° y 154°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano JACOBO JOSÉ ASSEF HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.208.383, domiciliado en la calle Zamora, casa Nro. 7-23, San Carlos, estado Cojedes; debidamente asistido en este acto por la Abogada MARIA TERESA SILVA G., titular de la cédula de identidad N° 15.486.646, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 136.455 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Diez y Treinta de la mañana (10:30 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
El Juez Temporal,

Abg. JOSÉ GABRIEL PÉREZ FLORES.

LA SECRETARIA ACC

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4310/13.-
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.


Solicitud Nº. 4310/13.-
JGPF/FMM/zh.-