REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos, catorce de marzo de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-000217

Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, presentada por los ciudadanos Minerva Concepción Pérez Aular, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.367.521 y Benito José Caraballo Millan, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.355.511, en beneficio de la adolescente SE OMITE NOMBRE, de catorce (14) años de edad, debidamente asisitidos por el abogado Johann Paúl Henríquez Pineda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 146.528, este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 PRIMERO: El ciudadano Benito Jose Caraballo Millan, aportará por concepto de Obligación de Manutención, en beneficio de su hijo, la cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800,00) mensuales, que serán depositados en una cuenta de ahorros Nro. 1750065100010015316, del Banco Bicentenario Banco universal a nombre de la ciudadana Minerva Concepción Pérez Aular.
 SEGUNDO: en relación a los gastos de alimentación, educación, vestuario, medicinas, actividades deportivas y recreativas serán cubiertos por ambos progenitores en partes iguales.
 SEGUNDO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Minerva Concepción Pérez Aular, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.367.521 y Benito José Caraballo Millan, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.355.511, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, 14 de Marzo de 2013. Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.

La Jueza

Abg. Luisangela Osuna De Pool
La Secretaria

Abg. Crisálida Torrealba