REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 25 de Marzo de 2013.
Años: 202° y 153°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano ANGEL EDUARDO MORENO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.041.560, domiciliado en la Avenida 1, cruce con calle 6, casa N° 3, Urbanización Canta Claro del Municipio San Carlos del estado Cojedes; debidamente asistido en este acto por la abogada; GLORIA RAMIREZ DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.684, de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Diez y Treinta de la mañana (10:30 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
El Juez Provisorio,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA ACC
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4252/13.-
LA SECRETARIA ACC,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
Solicitud Nº. 4252/13.-
VAAM/FMM/zh.-