REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 20 de Marzo de 2013.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; VELASQUEZ JULIO RAMÓN y MERIS MARBELLA SALAZAR, Venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.321.006 y V-12.767.667, respectivamente, el primero de los nombrados residenciado en el sector Caño Azul, calle N° 02, casa N° 11-116 de apartadero, Municipio Anzoátegui del estado Cojedes y la segunda en la Carretera principal Trocal 009, sector “La Mapora”, casa sin número en Apartadero Municipio Anzoátegui del estado Cojedes; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio GLENDA L. TARAZONA M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.486.723, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 142.618; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Provisorio,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria Acc,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2148/13.-

La Secretaria Acc,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.

VAAM/FMM/hz.-